martes, 25 de septiembre de 2012

OPOSITORES A FAVOR DE LA ILEGALIDAD



LEY DE MEDIOS

Por Luis Gramuglia



Radicales, dirigentes del PRO, del "peronismo federal", María Eugenia Estensoro (flamante adquisición del FAP), Patricia Bullrich, integrante del agrupamiento unipersonal autodenominado "Unión por Todos",el "progre" Pino Solanas, el derechoso Francisco De Narváez, el "líder" de los trabajadores, Hugo Moyano, entre otros, salieron como Fuenteovejuna, todos a una, a respaldar al Grupo Clarín en su manifiesta voluntad de no acatar la ley de medios. Es decir, esos dirigentes se han pronunciado a FAVOR DE LA ILEGALIDAD, del NO RESPETO A LA LEY. Porque hay que recordarle a esos hombres/mujeres de la política que están convalidando una postura del grupo mafioso que pretende desafiar al sistema democrático, que esa ley fue votada en 2009 por ambas cámaras del Congreso por mayorías contundentes.
La pregunta es, por qué lo hacen? Porque tienen MIEDO, un PÁNICO incontrolable ante la sola posibilidad de decirle al grupo que tiene que aceptar lo que la ley dice, que no hay otra salida. No imaginan un escenario así porque son absolutamente dependientes de lo que ese monopolio les impone como agenda.
Cómo rebelarse ante semejante poder? Quiénes hablarán de ellos? Volverán a ser llamados a TN, saldrán por radio Mitre, aparecerán en el "gran diario argentino"? Preguntas todas que tienen una sola respuesta: el escarmiento que podría aplicar el grupo los atemoriza. Son funcionales a los intereses de Héctor Magnetto, el jefe de la banda. Son incapaces de ejercer un sencillo acto de desobediencia, de decirle: señores, tienen que CUMPLIR CON LA LEY de la democracia.
Pero así están las cosas en la Argentina. Por un lado un gobierno nacional y popular que ha dicho que el 7 de diciembre próximo se termina la fiesta, que a fuerza de cautelares, ya lleva tres años y por el otro, una oposición miserable, timorata, inclinada ante el amo que les dice que hacer y como hacerlo.
Pero el pueblo no es zonzo; no come vidrio. Habrá operaciones de prensa, manipulaciones infames, mentiras de todo calibre, injurias que servirán para regodear a quienes están embarcados en sostener actitudes destituyentes.
Millones de ciudadanos, en cambio, saben que esa oposición lo que hace es resguardar intereses de un grupo que nada tienen que ver con la actividad periodística y la libertad de expresión. El grupo mafioso trata de mantener sus privilegios; el resto no le importa. Quiere que nadie toque sus negocios porque acá no existe ninguna controversia respecto de esa libertad que los periodistas pueden ejercer sin ningún reparo. Cualquiera puede decir lo que le venga en gana sin que ese derecho se vea conculcado.
Pero la jugada es intentar sostener que esa libertad está en riesgo a partir de esa fecha, que el gobierno avasallará a los medios "independientes", que habrá despidos de personal, que habremos entrado definitivamente en un régimen stalinista.
Es interesante repasar el fallo de la Corte Suprema de Justicia del 22 de mayo pasado que el grupo mafioso intenta desconocer, tergiversando su contenido.
Por mayoría ese cuerpo señala que la cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 161 de la ley 26.522 (de adecuación) dejará de estar vigente el 7 de diciembre de 2012.
La interpretación del grupo es forzada ya que señala que, recién a partir de esa fecha, entraría a correr el plazo de 1 año para adecuarse a ese artículo, es decir, desarmar su estructura monopólica que hoy agrupa a 240 señales de cable.
El fallo señala también que las actoras (el Grupo Clarín S.A., Arte Radiotelevisivo Argentino, Cablevisión S.A., Multicanal S.A., Radio Mitre S.A. y Teledigital Cable S.A.) "obtuvieron una medida cautelar el 7 de diciembre de 2009 y promovieron la demanda el 4 de febrero de 2010, recién procedieron a notificarla el 17 de noviembre de ese año. De manera que, entre el dictado de la medida precautoria y la notificación de la demanda transcurrió un año, por la sola voluntad de las peticionarias, (...)". Se trató de un claro intento de ocultamiento para dilatar artificialmente los plazos y seguir ganando tiempo.
El grupo intenta sostener, con débiles argumentos, que se estaría violando la libertad de expresión. El fallo de la Corte lo desestima, afirmando que "en la causa no hay más que una mención al tema, ya que la parte actora no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de qué modo resultaría afectada esa libertad. Más aún, en los escritos de la recurrente no hay más que menciones generales (...)".
Previamente, el fallo dice que "que la propia actora ubica el caso dentro del derecho de defensa de la competencia. Dice que el daño que le causa la aplicación del artículo 161 es la pérdida de licencias que le han sido concedidas y que la obliga a vender activos que detalla. Es decir, una cuestión de organización del mercado que existe en todo el derecho comparado y de naturaleza exclusivamente patrimonial.".
De estos dos párrafos se desprende que el grupo no está preocupado por la supuesta conculcación de aquella libertad que, de ningún modo está en riesgo, sino por el daño por la pérdida de licencias que sufriría su patrimonio. Lo dice bien claro la Corte: es "una cuestión de organización del mercado".
Por lo tanto esa referencia en los medios del grupo a las presuntas amenazas que estaría padeciendo por parte del gobierno es mentirosa, falaz. Es un vano intento por exacerbar los ánimos y ocultar el verdadero sentido de este pronunciamiento de la Corte (adjuntamos su texto completo).
Que el grupo defienda su negocio se puede entender, aunque apele a razonamientos que lesionan el sentido común. Pero que haya dirigentes que con tal de asumir su rol de lacayos de esa corporación, se oponen a que se cumpla con la ley resulta demencial, inentendible. Son dirigentes de una oposición que durante casi 4 años se prestaron (y lo siguen haciendo) a las maniobras más miserables, más arteras contra un gobierno legitimado en las urnas. Pagaron esa pertenencia con el desprecio ciudadano pero aún así no cejan en su empeño de seguir sirviendo al mismo amo que los llevo a la catástrofe electoral.
EL FALLO
Por decisión unánime, firmada por Lorenzetti, Highton, Fayt, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni, el Tribunal dispuso mantener la cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 161 de la ley 26522, con el plazo de treinta y seis meses que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, pero contados a partir de la fecha del dictado de la medida, con lo cual esta deja de estar vigente el 7 de diciembre de 2012.
La Corte advirtió que, habiendo vencido el plazo del art. 161 de la ley 26.522 el día 28 de diciembre de 2011, por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la ley 26522 con respecto a la actora.
La Corte recordó que las medidas cautelares son resoluciones jurisdiccionales precarias, no definitivas. Y señaló que cuando las cautelares se hacen ordinarias y sustituyen a la sentencia definitiva, se crea un derecho precario, lo que constituye una lesión al objetivo de afianzar la Justicia señalado en el Preámbulo de la Constitución Nacional.
I) Hechos
• El Grupo Clarín S.A., Arte Radiotelevisivo Argentino, Cablevisión S.A., Multicanal S.A., Radio Mitre S.A. y Teledigital Cable S.A. solicitaron el 1º de octubre de 2009 una medida cautelar para suspender el tratamiento legislativo de la ley de medios. El Juez Nacional en lo Civil y Comercial Federal Nº 1 rechazó el pedido por resolución del 9 de octubre de 2009.
• En el mismo expediente se pidió, con fecha 26 de octubre de 2009, una nueva cautelar ante la sanción de la ley 26.522. El Juez hizo lugar a la medida suspendiendo la aplicación de los arts. 41 y 161 de la ley 26.522.
• El Estado Nacional apeló la medida ante la Sala Uno de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, la que confirmó la medida sólo respecto del artículo 161 de la ley 26.522.
• El Estado Nacional interpuso el 5 de octubre de 2010 un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el cual fue desestimado por falta de sentencia definitiva. No obstante, en el voto de los jueces Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda y Zaffaroni, se consideró conveniente la fijación de un límite temporal razonable para la medida cautelar.
• El 9 de noviembre de 2010, el Juez de primera instancia desestimó la fijación de un plazo.
• La Cámara de Apelaciones, mediante sentencia del 12 de mayo de 2011 impuso un plazo de 36 meses para la vigencia de la cautelar, contados desde la notificación de la demanda.
• El Estado Nacional interpuso recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de la queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitando la revocación de la cautelar.
• El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, emitió su dictamen el 19 de diciembre de 2011, en el que se pronunció por la revocación de la medida cautelar.

II) Argumentos de la Corte Suprema
• Considera que la medida cautelar debe mantenerse porque ya se ha dictado sentencia de la Corte en esta misma causa y en el mismo sentido con fecha 5 de octubre de 2010.
• Que dicha cautelar no afecta de ningún modo la aplicación general de la ley 26.522.
• Que el plazo de treinta y seis meses fijado por la Cámara no resulta irrazonable y se ajusta a los tiempos que insume la vía procesal intentada.
• Que el plazo previsto en el artículo 161 fue prorrogado por la propia Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (resoluciones 297/10 y 1295/11) y las licitaciones fueron suspendidas, lo cual contradice en gran medida la afectación que dice sufrir como consecuencia de la decisión de fijación del plazo.
• Conforme a las resoluciones mencionadas, dicho plazo legal venció el 28 de diciembre de 2011, pero no se aplicó a la actora como consecuencia de la medida dictada por el Juez.
• Que el plazo de la cautelar no puede contarse a partir de la notificación de la demanda, sino desde la notificación de la cautelar. Los datos a tener en cuenta son los siguientes:
• La medida cautelar fue ordenada el 7 de diciembre de 2009.
• La actora promovió la demanda, el 4 de febrero de 2010, al "único efecto de evitar la caducidad de la medida cautelar". Sin embargo, requirió que no se dispusiera correr traslado y que se reservara el escrito en secretaría; además, formuló expresa reserva de su derecho a ampliar la presentación (fs. 1323/1324).
• Sólo ante la orden dada por el juez con fecha 22 de abril de 2010 se produjo la ampliación de la demanda, lo que ocurrió el 6 de mayo de 2010.
• La demanda fue notificada el 17 de noviembre de 2010.
• Es decir que, si bien las actoras obtuvieron una medida cautelar el 7 de diciembre de 2009 y promovieron la demanda el 4 de febrero de 2010, recién procedieron a notificarla el 17 de noviembre de ese año. De manera que, entre el dictado de la medida precautoria y la notificación de la demanda transcurrió un año, por la sola voluntad de las peticionarias, lo cual resultaría demostrativo de un interés más centrado en lo provisional que en la resolución definitiva del pleito.
• Que no puede dejarse en manos de la parte beneficiada por la medida cautelar el momento en que debe comenzar el cómputo de razonabilidad de su vigencia, porque se daría lugar a especulaciones procesales que no sólo resultan incompatibles con la buena fe que debe guiar a las partes en el proceso, sino que afectan seriamente la seguridad jurídica.
• Tanto los jueces como los litigantes deben perseguir la resolución definitiva de la controversia.
• No es posible tolerar que, a partir de la obtención de medidas cautelares una de las partes pueda desentenderse de la marcha del proceso principal o prolongar artificialmente su duración, ya que ello constituye un supuesto de ejercicio contrario a los fines de lo que la ley tuvo en miras al reconocer este tipo de medidas.
• Recuerda la Corte que las cautelares son resoluciones jurisdiccionales precarias, nunca definitivas. Señala que cuando las cautelares se hacen ordinarias y sustituyen a la sentencia definitiva, se crea un derecho precario, lo que constituye una lesión al objetivo de afianzar la justicia señalado en el propio Preámbulo de la Constitución Nacional.
• Es deber de las partes y del Juez solucionar el conflicto de modo definitivo en un tiempo razonable y no buscar soluciones provisorias que se transforman en definitivas.
• La Corte distingue las cautelares como tutela urgente de los derechos fundamentales de aquellos casos meramente patrimoniales en las que se demanda al Estado. En estas últimas no está en duda la solvencia y por lo tanto no puede haber una excesiva prolongación.
• Que la propia actora ubica el caso dentro del derecho de defensa de la competencia. Dice que el daño que le causa la aplicación del artículo 161 es la pérdida de licencias que le han sido concedidas y que la obliga a vender activos que detalla. Es decir, una cuestión de organización del mercado que existe en todo el derecho comparado y de naturaleza exclusivamente patrimonial.
• Que en cuanto a la protección de la libertad de expresión, esta Corte ha sido muy clara y consistente en su reconocimiento a lo largo de una extensa e importante jurisprudencia. Sin embargo, en la causa no hay más que una mención al tema, ya que la parte actora no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de qué modo resultaría afectada esa libertad. Más aún, en los escritos de la recurrente no hay más que menciones generales, pero no existen argumentos que relacionen directamente la norma de desinversión con la libertad de expresión.

Decisión
1) Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario federal y se confirma la sentencia apelada en cuanto rechazó el pedido de levantamiento de la medida cautelar y fijó su plazo de vigencia en treinta y seis meses.
2) Que el plazo de 36 meses de la cautelar se cuenta a partir del 7 de diciembre de 2009 y vence el 7 de diciembre de 2012.
3) Que el plazo previsto en el art. 161 de la ley 26.522 venció el día 28 de diciembre de 2011 conforme surge de la reglamentación de la ley.
4) En consecuencia, estando vencido el plazo legal, y por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la ley 26522 con respecto a la actora.
Informe de Prensa Nº38 Buenos Aires, 22 de mayo de 2012.-

LA MUNICIPALIDAD DEBE GESTIONAR-PARTE VI



EL "SUEÑO CUMPLIDO" QUE
ES UNA PESADILLA


"Sueño cumplido" dice un cartel del oficialismo local en referencia a la obra del paso a nivel de la calle Rivadavia. En realidad, se trata de un espejismo, de una ilusión óptica. No hay nada que indique que allí está por comenzar algo parecido a un emprendimiento de esa naturaleza.
Atravesar esas vías resulta una verdadera odisea y más si se hace en bicicleta o ciclomotor. No hablemos cuando llueve. Ese tramo se encuentra en deplorable estado. Hasta no hace mucho había baches que semejaban ser profundos cráteres. Parece que algún funcionario del "gobierno local" pasó por el lugar, comprobó su existencia y los mandó tapar.
La obra se anunció el 2 de febrero último, oportunidad en la que el secretario de Obras Públicas, Agustín Pinedo, eufórico, dijo que ya se había firmado "el contrato" correspondiente lo que significaba que "la obra ya está en marcha" y la "estaremos inaugurando el año próximo".
El plazo que él mismo anunció para su comienzo fue de 40 días o sea para mediados de marzo. Estamos en agosto y nada hace presumir que la cosa funcione.
La obra debía estar concluída en, aproximadamente, un año, tiempo que no podrá cumplirse en primer lugar porque la situación financiera de la provincia está atravesando serias dificultades y porque el "gobierno local" se embarcó en un "sueño" que a esta altura es una pesadilla.
La única tarea que se realizó allí estuvo a cargo de dos Ingenieros de la empresa Tecma S.A-Pose S.R.L (ganadora de la licitación de la obra) que realizaron algunos relevamientos y así como llegaron, se fueron.
Dos meses despues de las expresiones de Pinedo, en la apertura de sesiones del Concejo Deliberante, el intendente Mario Meoni se mostró tan confiado como su Secretario, pese a que el plazo de inicio de obras ya estaba superado.
Sin embargo, Meoni, como si vendiera espejitos de colores, afirmó que este era "un sueño que comenzará a hacerse realidad" ya que los vecinos quieren definitivamente que "la ciudad, su ciudad, la nuestra, sea una sola".
Meoni había participado a fines de julio del año pasado del acto de apertura de sobres de la licitación pública. Estaban presentes también, sub-administrador de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, Marcelo Coppola y el Jefe de Zona IV Junín, Marcelo Maffia y además el titular del Concejo Deliberante, Pablo Petraglia y el presidente de la Sociedad Comercio e Industria, Jerónimo Dos Reis.
En esa oportunidad se conocieron las ofertas de las tres empresas que compraron el pliego correspondiente: Esuco S. A. que realizó una oferta de $20.842.035,10; la UTE Tecma S.A. – Pose S.R.L. que ofertó $16.514.665,83 y la UTE Cahem S.A. – C.O.V.I.C.O. s.a. que ofertó $19.435.579,902.
El presupuesto oficial de la obra ascendía a a la suma de $17.237.012,06.
Meoni expresaba en esa oportunidad que "este es un acto trascendental para la vida de Junín. Es un reclamo de buena parte de la comunidad de Junín que tiene que transitar por este lugar en forma diaria. Entramos en el camino definitivo para que el paso bajo a nivel sea una realidad y para nosotros es una jornada histórica como lo es para todos los juninenses".
Agradeció al "gobernador Daniel Scioli porque trabajamos mucho con él y siempre tuvimos respuestas, a la ministra de Obras Públicas de la Provincia, Cristina Álvarez Rodríguez, y al titular de Vialidad, a Argancel Curto, y al Dr. Coppola, Subadminsitrador de Vialidad, porque siempre estuvo junto a nosotros para esta obra. Todos se comprometieron con este proyecto y hoy ya es una realidad".
Reprochó a "algunos concejales que no nos permitieron endeudarnos para realizar esta obra y otra vez estábamos lejos de concretarla", pero "el Gobierno provincial nos ayudó para poder ejecutarla para darle una solución definitiva a los habitantes de la ciudad".
Anticipaba que "en los próximos días quedará definido quién realizará esta obra pero esto es un paso muy importante. Luego será cuestión de comenzar a trabajar y dentro de un año y medio podamos estar los juninenses disfrutando de una obra fundamental".
Por su parte, Coppola decía: "queremos con estas obras devolverle a los contribuyentes todo lo que aportan a través de los fondos solidarios de soja, que permite hacer obras hidráulicas y viales para todos. Esta obra del bajo nivel comenzará en seis meses para poder ejecutar una obra largamente postergada".
Añadía que con esta obra se resolverá "un problema de más de 50 años, que tiene que ver con la integración entre una parte de la ciudad y la otra".
En cuanto a las características de la obra, señalaba que "consiste de una calzada de 21 metros de ancho sobre la base de un proyecto que realizó la Secretaría de Obras Públicas junto con nuestros técnicos. Serán 6 metros de cada lado para los autos, con un separador central de un metro y medio, una bicisenda de dos metros de ancho y veredas de dos metros de ancho. Todos los que puedan utilizar este paso bajo a nivel van a estar integrados. Además habrá una zona parquizada tal como lo solicitó el Municipio y esto servirá para por ejemplo los chicos que concurren a la UNNOBA tendrán un espacio libre".
Ingenieros de la empresa Tecma S.A-Pose S.R.L. oportunamente realizaron un relevamiento en la zona de Rivadavia y las vías, donde próximamente comenzarán las obras del paso bajo nivel que unirá el sur y el norte de la ciudad.
A un mes del inicio de los trabajos, los especialistas cotejaron el lugar, con el fin de establecer la necesidad o no de realizar modificaciones en las tareas planificadas.
Además, verificaron la nivelación de los terrenos para poder comenzar la realización del proyecto ejecutivo que, se estima, estará listo en menos de un mes.
"Estamos ingresando en la recta final para el comienzo de esta obra que marcará un antes y un después en la ciudad", afirmaba Meoni y agregó: "Esta es una promesa más que estamos haciendo realidad para continuar mejorando la calidad de vida de los vecinos de Junín".
En declaraciones al diario "Democracia", Pinedo, decía que "aún no se sabe por cuánto tiempo va a estar restringido el tránsito vehicular", aunque adelantó que, probablemente, no será necesario interrumpir el paso durante los primeros días de trabajo.
Además, aseguró que mientras duren las obras "estará garantizado un paso para peatones y ciclistas", que probablemente será unos metros alejado del epicentro de los trabajos.
Respecto de la entrada a la Cooperativa Ferroviaria Talleres Junín, Pinedo indicaba: "Hay una promesa del intendente de garantizarles un acceso vehicular, que seguramente será por Jean Jaures y Quintana, donde se pondrá una garita de control. Pero todavía tenemos que conversar con la empresa, para ver si lo van a hacer ellos o nosotros".
Días pasados, Pinedo aclaraba que los fondos para la realización de la obra del paso bajo nivel provendrán de la Provincia.
En este sentido, afirmaba: "Para un municipio como el nuestro, hacer una obra de esta importancia significaría prácticamente no hacer nada más por uno o dos años. Acá lo importante ha sido la gestión del intendente Meoni y que el gobierno provincial entendió que era una necesidad para Junín".
En declaraciones posteriores, Pinedo sostenía que "la última información que tenemos es que en pocos días se está firmando el acta de replanteo, esto es un documento al que suscriben la empresa encargada de realizar los trabajos y Vialidad para el inicio de los trabajos. Con ese trámite realizado, de inmediato se procede a la delimitación del área y al alistamiento de las maquinarias y demás elementos para empezar la obra".
Se le preguntaba por la demora en comenzar los trabajos a lo que respondía que "fue porque la empresa tuvo que hacer todo un recálculo de la obra, consistente en un estudio del suelo que por lo que se ve le ha llevado bastante más tiempo del previsto.
-De todas maneras, el que quedó "pagando" en esta ocasión fue el municipio, que a fines de enero anunció que todo comenzaba en 45 días…
-Y sí, es así. Lo que pasa es que si se firma el contrato y te dicen que en sesenta días va a estar todo listo, uno lo repite. Pero después resulta que no son sesenta sino ochenta o noventa días. Es algo en lo que el municipio no puede incidir porque está en manos de la Provincia.

-¿Está previsto cómo reordenar el tránsito cuando arranque la obra?
-Vamos a tener una reu-nión con la empresa cuando esté en Junín para tratar que nos garanticen el paso peatonal y de motos y bicicletas por calle Rivadavia. Que sea de alguna manera, aunque sea lateralmente, para no desviarlos hacia Alberdi, por donde sí tendrían que tomar los demás vehículos. A priori, los que se dirijan en coche, camioneta o camión desde el centro a Villa Belgrano tendrían que tomar por la avenida San Martín rumbo a Alberdi o Primera Junta.
-¿Cuál es el plazo de ejecución de la obra?
-Un año.
Los primeros bosquejos para realizar la obra se remontan a 1917 cuando en el periódico "Tierra del Fuego" se informaba que "la Municipalidad debe gestionar ante quien corresponda para obligar a la empresa ferroviaria la construcción de puentes tanto para peatones como para rodados. Urge, pues, que la Municipalidad gestione y exija la construcción de un puente a la Empresa del Ferrocarril Pacífico, sobre la Avda. Rivadavia"
Hubo, con posterioridad, otras iniciativas parecidas que nunca prosperaron. A partir del retorno de la democracia hubo anuncios en 1987, 1997, 1998, 2000 y finalmente 2011.
En definitiva, la posibilidad de que comiencen los trabajos en un tiempo razonablemente corto es muy reducida. Hay quienes afirman que deben volver a hacer los números para que la obra sea viable. Quién pondrá el dinero a esta altura es una incógnita, habida cuenta de las dificultades financieras por las que atraviesa la provincia.
Parece que el mayor empeño del meonismo está puesto en realizar el mega proyecto de traslado de la terminal de omnibus a un predio ubicado en la periferia de la ciudad.
A cambio de la construcción del nuevo edificio, la empresa a cargo del emprendimiento se quedará con el actual terreno donde planea construir un edificio de departamentos para contribuir, según dijeron funcionarios municipales, a atenuar los problemas de la falta de vivienda en Junín.
Parece un chiste, pero no lo es.
Mientras tanto, atravesar las vías se transforma en una suerte de deporte extremo ya que muchas veces hay que sortear los baches que se forman porque el pavimento está absolutamente degradado.
Pero el "sueño" está cumplido.--

domingo, 23 de septiembre de 2012

DEROGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DEL `49



CON EL PERONISMO PROSCRIPTO

A 55 AÑOS DE LA DEROGACIÓN
DE LA CONSTITUCIÓN DEL `49

Acto de proclamación de la Constitución de 1949
El 23 de setiembre se cumplen 55 años de la derogación, por parte de una Convención Constituyente promovida por la Revolución Fusiladora, de la Constitución de 1949 que había sido sancionada durante el primer gobierno constitucional del Gral. Perón.
Con la proscripción del peronismo y la actitud cómplice de la UCRP, el PS, partidos demócratas y otras agrupaciones menores, la dictadura repuso, entonces, la Constitución liberal del `53.
El primer presidente de facto surgido del golpe del `55, Eduardo Lonardi mantuvo la Constitución del peronismo sin cambios, pero destituído por Pedro E. Aramburu, éste el 27 de abril de 1956 dictó una proclama declarando nula la reforma del `49 --que había incorporado los llamados derechos de segunda generación que caracterizan al constitucionalismo social -- e imponiendo la del `53, con las reformas de 1860, 1866 y 1898.
El argumento usado por el dictador es que consideraba que la reforma de 1949 tenía como fin último la reelección indefinida del presidente.
Hay juristas y políticos que cuestionaron esa nulidad, señalando que, en ningún caso, un presidente de facto podía establecer la validez de una Constitución.
Pero la derogación de la Constitución de 1949 dejaba sin efecto una gran cantidad de derechos y garantías, relacionados con el progreso social y económico. Entre ellos: el derecho de reunión (art. 26), la prohibición de discriminar por raza (art. 28), los derechos del trabajador (art. 37, I), la igualdad jurídica de hombre y mujer en el matrimonio (art. 37, II), el bien de familia (art. 37, II), la patria potestad compartida (art. 37, II), los derechos de la ancianidad (art. 37, III), la educación primaria obligatoria y gratuita (art. 37, IV), la autonomía universitaria (art. 37, IV) , la función social de la propiedad (art. 38), la estatización del comercio exterior (art. 40), la nacionalización de los recursos mineros y energéticos (art. 40), la estatización de los servicios públicos (art. 40), el voto directo (arts. 42, 47 y 82).
Entonces, la dictadura --para tratar de darle una pátina de legalidad a ese atropello-- tomó la decisión de convocar a una convención constituyente, como una forma de evitar las críticas a que esa derogación se hiciera por un simple bando militar.
El jurista Sebastián Soler dijo al respecto en la sesión de la Junta Consultiva del 6 de marzo de 1956: "Yo no era partidario de que se pusiera en vigencia la Constitución del 53 por una proclama del gobierno, y no lo era porque la opinión irrebatible para todos, hoy, es que el poder constituyente radica originariamente en el pueblo". (Palacios,47)
Mediante el decreto 3838/57 del 12 de abril de 1957, la dictadura declaró la necesidad de una refoma constitucional y la convocatoria a elecciones para conformar una Convención Constituyente.
Paralelamente le impuso un lapso sumamente breve que no podía pasar de los 45 días con caducidad automática. La representación se establecería proporcionalmente. La convocatoria prohibió también la participación del peronismo.
Las elecciones tuvieron lugar el 28 de julio de ese años. El triunfo correspondió al peronismo que tuvo obligatoriamente que votar en blanco --siguiendo instrucciones del Gral. Perón-- por estar proscripto con 2.119.147 votos. Luego se ubicó la Unión Cívica Radical del Pueblo (UCRP) con 2.117.160 votos y en tercer lugar la Unión Cívica Radical Intransigente (UCRI) con 1.821.459 votos.
El radicalismo se había dividido un año antes. La UCRP quedó bajo el liderazgo de Ricardo Balbín mientras que la UCRI era liderada por Arturo Frondizi.
En cuarto lugar quedó el Partido Socialista (PS) con 525.721 votos, y luego se ubicaron el Partido Demócrata Cristiano (PDC) con 420.606 votos, el Partido Demócrata de Centro con 407.695 votos, el Partido Demócrata con 269.089 votos, El Partido Demócrata Progresista con 262.915 votos, el Partido Comunista con 228.451 votos. El Partido Laborista quedó con 3 convencionales, uno para el Partido de los Trabajadores y uno para la Unión Federal.
Los partidos políticos que apoyaron la reforma (UCRP, PS, PDC, PDP, PD, PDC y PCI) consiguieron 120 bancas mientras que los partidos que estaban en contra de la reforma (UCRI, PL, Partido de los Trabajadores, UF) obtuvieron 85 bancas.
La Convención Constituyente se reunió en la Ciudad de Santa Fe entre el 30 de agosto y el 23 de septiembre de 1957. Básicamente su actividad estuvo dividida en cuatro grandes acontecimientos:
Abiertas las sesiones, los convencionales de la UCRI (Oscar Alende, Oscar López Serrot) y otras fuerzas menores como el Partido Laborista (Cipriano Reyes, Ricardo Ovando), el Partido de los Trabajadores (Juan C. Deghi) y la Unión Federal (Enrique Ariotti) plantearon la nulidad de la Convención Constituyente. El argumento básico que utilizaron es que un presidente de facto no tenía facultades para derogar una Constitución, ni para declarar la necesidad de su reforma. Señalaron el carácter antidemocrático de impedir la representación del electorado peronista. Denunciaron que el verdadero objetivo de la Convención era convalidar el retorno a la Constitución de 1853 y eliminar definitivamente los derechos sociales y económicos establecidos por la Constitución de 1949.
La UCRP (Laurencena, Jaureguiberry), y los partidos Socialista (Alfredo Palacios, Nicolás Repeto, Américo Ghioldi, Teodoro Bronzini), Demócrata Progresista (Luciano Molinas), Demócrata Cristiano () y los partidos conservadores (Luis M. Otero Monsegur, Emilio Hardoy), votaron a favor de la legalidad de la Convención Constituyente. El socialista Palacios fundamentó la posición de quienes defendían la legalidad de la convocatoria en el derecho a la revolución (36).
La UCRI y los partidos contrarios a la reforma se retiraron dejando a la Convención con un quórum muy estrecho.
Después de que la UCRI se retira de la Convención, el resto de la Asamblea resuelve tomar como base la Constitución de 1853 (con las reformas de 1860, 1866 y 1898) y proceder a la reforma de una larga lista de artículos y temáticas.
Sin embargo, una vez declarado tácitamente por la Asamblea la vigencia de la Constitución de 1853, resultó evidente que la mayoría de la Convención Constituyente no estaba realmente interesada en producir reformas. La situación alarmó a los sectores más progresistas de los partidos que permanecían en Santa Fe, en particular al sector radical intransigente que había permanecido en la UCRP.
En esta encrucijada, Crisólogo Larralde, entonces presidente de la UCRP, se traslada a Santa Fe y controla personalmente la asistencia de los convencionales radicales. De ese modo logra que un número suficiente asista a la sesión donde se discutió el artículo referido a los derechos del trabajo, que fue finalmente sancionado como artículo nuevo después del artículo 14, o artículo 14 bis.
Pero inmediatamente después de votado el artículo 14 bis, los convencionales conservadores y gran parte de los convencionales radicales dejaron simplemente de asistir a la Asamblea, dejando sin quórum a la Convención, que así no pudo siquiera tratar la extensa lista de reformas que se había propuesto.
La convención se extinguió así informalmente, circunstancia que fue duramente criticada por todo el espectro político.
Sobre el final de la Convención Constituyente de 1957, y ya sin quórum, el convencional socialista Alfredo Palacios, pronunciaba las siguientes palabras: "Los que se han ido serán responsables ante el pueblo y ante la historia. Por hoy basta con el repudio de esta Asamblea y de sus propios compañeros; repudio terrible, Señor Presidente" .
El artículo 14 bis está dividido en tres párrafos: el primero trata del derecho individual del trabajo, el segundo del derecho colectivo del trabajo, y el tercero de la seguridad social.
El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
---

sábado, 22 de septiembre de 2012

MOTOCICLISTAS:



 NO A LA CONDONACIÓN DE DEUDAS





Está bien que los concejales de la UCR, el MID y la CC hayan impedido la aprobación de una medida populista impulsada por el Frente para la Victoria. Qué es eso de condonar deudas por multas para propietarios de motos de entre 50 y 125 cd. de cilindrada? A ver si abandona el FpV esa idea de atender las demandas de quienes son más vulnerables.

Los concejales de la derecha legislan para la GENTE y proclaman la igualdad ante la ley. Nada de beneficiar a unos pocos en detrimento de muchos.
Si quienes tienen esas motitos de morondanga, que trasladan a tres o cuatro personas, no tienen la documentación en regla y no llevan casco A PAGAR LAS MULTAS que para eso están las ordenanzas. Para cumplirlas.
El "gobierno local" creó la Agencia Municipal de Seguridad Vial, para qué? Para que esa normas se respeten a como de lugar.. No es cuestión de que vengan concejales del FpV para tratar de pasar por arriba de la legalidad y pretendan, con iniciativas como esas, que haya quienes no paguen las multas.
Se trata de dos modelos en pugna, de dos modos de entender el rol del Estado, en este caso el municipal.
Por que la propuesta del FpV no apuntaba a convertir el tema en un "viva la pepa". Se trataba de buscar una salida razonable a un problema que se agudiza con el paso del tiempo y que el "gobierno local" pretende subsanar con multas, como si la cuestión pudiera dirimirse así.
El tránsito urbano en Junín es un caos. Motos de gran cilindrada, de poca, ciclomotores, autos, camiones que reparten mercaderías, bicicletas todo hace que el tránsito sea una calamidad que no va a ordenar una Agencia que a lo único que se dedica es a penar a infractores.
Pero los infractores se comportan así porque les gusta transgredir la ley? Son una manada de anarquistas que andan sueltos por la ciudad? En general, se trata de personas de pocos recursos que usan las motos y ciclomotores para ir a trabajar, hacer compras o llevar a los chicos a la escuela. Es un medio de transporte vital para ellas. Si se las quitan por que no tienen casco o los papeles en regla les pegan debajo de la línea de flotación. Los deja sin poder movilizarse.
Por otra parte, ese tipo de vehículos se ven impedidos de andar cuando en algunos barrios con calles de tierra, las lluvias las convierten en verdaderos lodazales.
Entonces, a qué tipo de transporte deberìan recurrir? A los taxis o a los remises, servicios que mucha gente no puede pagar y que, cuando unos los pide, tienen --en muchos casos-- demoras excesivas.
La solución cuál sería: tener TRANSPORTE PÚBLICO. Si hubiera colectivos en Junín --ciudad que ya los tuvo-- el tránsito sería menos complicado, se podría ordenar con mayor racionalidad.
Pero el meonismo no tiene la menor intención de abordar el tema. Plantea que no está en condiciones de subsidiarlo; entonces las empresas que podrían hacerse cargo del mismo deberían cobrar tarifas impagables para el grueso de la población.
Si antes había colectivos, porqué ahora no? No hay ciudades, incluso con menos habitantes, que los tienen?
No hace mucho se informó que hubo ofertas para llevar adelante el emprendimiento pero se comprobó que quedaban muchos barrios fuera de los recorridos.
En definitiva, la iniciativa del FpV fue rechazada, pero la mayoría de los concejales de la UCR, CC y MID aceptaron, para no quedar tan fuera de juego, analizar la posibilidad de crear una agencia de gestión municipal, que tramite la documentación vinculada con transferencias y patentamiento de las motos.
Analizar la posibilidad. Vamos a ver si es viable, piensan esos ediles. Si no se puede, todo quedará en manos de cada ciudadano que resolverá el problema como pueda. El Estado se corre, se margina,no articula una solución.
En el debate que se dio la semana pasada, los bloques del MID y de la Coalición Cívica plantearon una tercera alternativa: condonar las deudas a los infractores que pusieran en regla sus papeles en un plazo perentorio, que se proceda a instruir a los habitantes de Junín sobre la necesidad de cumplir la ley y que se realicen las obras de infraestructura necesarias en la vía pública, como sendas peatonales o señalización, uno de los reclamos de la CC
El concejal del oficialismo, Mauricio Mansilla, al defender la posición del meonismo, dijo que "debemos trabajar en campañas publicitarias, en información, en educación, para que de una vez por todas la cultura del respeto al otro se pueda llevar a cabo". Puede realizarse la mejor campaña publicitaria que supongo pagará el Municipio, pero el problema es otro. O no lo entiende este concejal o no lo quiere entender.
El titular del bloque del FpV, Horacio Tuso dijo que la iniciativa "constaba de dos partes: una era la condonación de patentes y multas para motos de 50 a 125 cc., y la eximición del pago de la licencia de conducir por el plazo de 120 días desde la sanción de la ordenanza. La otra parte es la creación de una Agencia municipal para la transferencia de estos vehículos".
"Con la creación de la Agencia de Seguridad Vial, se hizo hincapié en la prevención y educación, pero el municipio privilegió luego el cobro de multas y ha salido a recaudar entre los sectores de más bajos ingresos, que necesita de sus motos para salir a trabajar", recordó.
Agregó que "en estos momentos, hay mil motos retenidas por el municipio, así que no queremos la rebelión ni que se maltrate a los inspectores ni fomentar la ilegalidad. Hay mucha gente que no tuvo plata para ponerse al día, nosotros proponemos un plan para que la gente salga de esta situación y luego sí se apliquen las multas que correspondan".
El concejal del MID, Rodolfo Pedernera, propuso "un camino intermedio: no estamos de acuerdo con condonar totalmente las multas, porque hay infracciones que son graves; pero vemos la posibilidad de tener un gesto político de brindar una oportunidad más".
"Por ejemplo aquellas personas que se presenten, pongan al día sus papeles y compren el casco, se les podría condonar la deuda. Esto le daría más autoridad a la Secretaría de Tránsito, porque se brindó hasta la última posibilidad, y luego no podríamos estar en contra del cumplimiento de las leyes", explicó.
Es conmovedor el "gesto político" del concejal Pedernera. De lo que se trata es que, desde el Estado, se faciliten las cosas a los habitantes de una ciudad, no de complicarsela.
El representante de la Coalición Cívica, José María Banfi, se sumó a esta postura y señaló que "además del control, también se requiere una política sistemática de educación y también contar con la infraestructura necesaria", es decir, que se pinten las sendas peatonales y que se instalen más semáforos. Y listo. Con esto, todos contentos.
Finalmente, el representante del FpV, Juan Manuel Sequeira, calculó que por los números trascendidos, el municipio dejó de percibir alrededor de $ 21.600 en concepto de la dirimida Tasa de Espectáculos, durante el último fin de semana y la carrera de TC.
"Podríamos haber destinado esta cifra para comprar cascos, tratar de tener una moratoria y varias cosas más, sin salir a la caza de los que menos tienen" en los operativos de tránsito.
Al respecto, la edil Virginia González (FpV) manifestó sensatamente que desde su bloque reconocen la ilegalidad imperante en el tema tránsito local, pero que atribuyó el problema a la "no intervención del Estado local durante mucho tiempo".
Asimismo, la concejal consideró que la acción prioritaria de la Agencia Municipal de Seguridad Vial, creada este año, es "el control, labrando infracciones y cobrando multas, dejando de lado la prevención, no considerando que hay un importante sector vulnerable de la comunidad que tiene dificultades para pagarlas".
A su juicio faltan "prevención y educación vial" del trabajador y de la familia; dos pilares fundamentales para el reordenamiento del tránsito vehicular en las calles juninenses.
En esta línea, González recordó que la moto es para muchas familias el único medio de movilidad, ya que en nuestra ciudad no hay transporte público.
Por otra parte, la edil kirchnerista aclaró que hubo un desdoblamiento del proyecto original referente al tránsito y pasó nuevamente a comisión la iniciativa para crear un área de asesoramiento municipal para la tramitación de transferencias vehiculares.
El concejal de la UCR, Claudio Martínez explicó que "creemos que después de haber hecho una capacitación y que todos debían conocer las leyes de tránsito para poder circular, la condonación de multas como medida a aplicar no es viable".
"Comprendemos que hay dificultades respecto a las imposibilidades económicas de la gente, que se da en algunos casos, para acceder a tener en forma reglamentaria toda la documentación de un vehículo para circular, pero no debe ser eso un motivo para condonar todas las multas", enfatizó. Entonces, la idea es continuar con esta metodología: seguir cobrando multas.
En este contexto, la Agencia no pudo aún resolver el reclamo de vecinos de determinadas zonas de la ciudad, como la avenida San Martín, referido a las picadas que realizan quienes poseen motos de alta cilindrada en horas de la madrugada, cuando no existe ningún control.
Sin cascos, muchas veces sin luces y sobre todo, sin límites en la velocidad, largan competencias sin que puedan ser sancionados por los agentes comunales. Claro, es más fácil reprimir a los poseedores de motos pequeñas o ciclomotores.
Se ha denunciado que esos agentes concurren a la salida de las escuelas y allí actúan como si cazaran en el zoológico ya que se concentran en el lugar los padres que van a retirar a los chicos.
Mansilla admitió haber estado en la avenida de Circunvalación "un domingo a la noche, para ver las picadas de motos. Si analizamos los antecedentes en el país, con los resultados conocidos, y sería muy lamentable que terminen con situaciones graves en nuestra ciudad", observó.
En este marco, recordó que "sabemos que las picadas generan peligros para los que imprudente y negligentemente las llevan adelante, y para terceros. La Ley Nacional es más que clara y sanciona con arresto participar u organizar este tipo de competencias que no tienen autorización oficial. Además, se los inhabilita para conducir por seis meses, y si se reincide, para siempre". El concejal parece haber ido como un mero espectador. Las "picadas" constituyen una forma de burlarse de la ley: hago lo que quiero, a la hora que quiero, violo expresas normas, hago ruido. Estoy fuera del sistema.
En definitiva, el meonismo exhibió su ADN: desentenderse de dar solución, aunque sea parcial, a las demandas de los sectores populares.
La Agencia se ha convertido en un ente recaudador y, entonces,hay que preservarlo. Prefiere detener y sancionar a una persona en un ciclomotor enclenque que parar a un motociclista que anda a no menos de 100 kms. por hora por calles de la ciudad. Un caso de equidad.